Esta Ley más halla de los aspectos normativos que tiene todo tributo orienta los fondos percibidos por el impuesto con destino al Sistema Único de
En síntesis esta Ley tiene un verdadero carácter de tipo inclusorio a nivel social, ya que el pago mensual del Monotributo lo beneficia a los contribuyentes en los siguientes aspectos:
- Poder emitir facturas por la comercialización de productos y/o servicios originados por la actividad de la persona.
- Acceder a un sistema social de salud para si mismo y su grupo familiar.
- Computar el periodo de permanencia en esta categoría, como periodo de aporte para su futura jubilación.
Con estos tres puntos importantes el Monotributista se incorpora a la economía formal pudiendo adquirir derechos y contraer obligaciones, puede acceder personalmente y con su familia a un sistema social de salud y computar los periodos de tiempo como periodos de aporte para su futura jubilación.
De más esta decir que un sector de la población, justamente la más rezagada y carenciada puede elevar su calidad de vida a través de este medio tributario.
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